jueves, 5 de septiembre de 2013

SECRETO PROFESIONAL VS HISTORIA CLINICA




Bueno, primero que todo, conocemos la definición de Historia clínica que “es un documento privado obligatorio y sometido a reserva en el cual se registran cronológicamente las condiciones de salud de una persona, los actos médicos y demás procedimientos ejecutados por el equipo de salud que interviene en su atención”.

En la definición anterior hablaba de una palabra clave la cual es privado, al saber esto se debe tener en cuenta que la historia clínica hace parte del secreto profesional y/o medico y por tal motivo es necesario tener en cuenta todo lo de secreto profesional, entendido como un acto de confidencialidad y además de esto, un deber y un acto ético.

Cuando nos referimos a que hay que tener en cuenta todo lo del secreto profesional, nos referimos por ejemplo a todas las excepciones expuestas en el tema de generalidades de secreto profesional.

Recordemos que solo el medico tratante puede tener acceso a las historias clinicas y por tal motivo no se debe salir de ahi


Historia Clinica



La historia clínica es uno de los documentos más importantes que permiten garantizar un adecuado diagnóstico y tratamiento médico, documento que  el usuario, y muchas veces los médicos y entidades prestadoras de salud, no les dan la importancia que se merece.

Un medico que diagnóstica a un paciente sin consultar su historia clínica, corre el riesgo de hacer un diagnóstico equivocado o incompleto, y en el peor de los casos, ordenar un tratamiento desconociendo que el paciente sufre de otras patologías que hacen que el tratamiento ordenado reaccione negativamente, llegando incluso a ocasionar la muerte del paciente. Un caso típico son las alergias a ciertos medicamentos o a cualquier de sus componentes que pueden iniciar una reacción fatal si se aplican, alergias que no se conocerán si no se consulta la historia clínica, en caso de que estén registradas allí.

Por lo tanto, “Todo lo que no se precise en ella puede ser usado en contra de quien cometió la omisión, pero adicionalmente se expone a las sanciones ante el Tribunal de Etica Médica, disciplinariamente”



Generalidades Secreto Profesional



Para comenzar es necesario hablar que el deber del médico de mantener la información del paciente en Secreto, es decir, el medico debe guardar absoluto secreto y respeto a todo lo que el paciente le ha confiado, incluyendo hasta después de que el paciente muera.

Pero, para continuar hablando de esto, es necesario la confidencialidad, esta ultima es importante por el respeto que merecen los pacientes, y una forma de demostrarles respeto es mantener su privacidad; por este motivo los valores que se le otorgan al secreto medico o confidencialidad es el respeto, la autonomia y la confianza.

Un Argumento seria que sin confidencialidad no hay privacidad, y sin ella se pierde para nosotros el control de la propia vida. Existe una relacion diriamos que reciproca entre el derecho del paciente a perservar su intimidad y la obligación de secreto por parte del medico, que se manifiesta en la puesta en marcha de medidas adecuadas para la proteccion de datos sanitarios.

Ahora bien, ¿en que casos se pierde esta confidencialidad?
Para abordar esta pregunta es muy delicado pero pensamos que es importante tener en cuenta asuntos muy delicados para perder la confidencialidad o el secreto profesional y son:


  • ·               Por el bien del enfermo en casos en los cuales el tratamiento no es posible sin  la colaboración de otros



  • ·               Por decisión o consentimiento del paciente quien pide o acepta que otras  personas, habitualmente sus familiares o cuidadores sean directamente  informados por el médico u otros profesionales a su cargo



  • ·               Por razones de bien común o por la autoridad de la ley como ocurre en  situaciones en las cuales la autoridad sanitaria necesita conocer la ocurrencia  de enfermedades mediante su notificación obligatoria o si se requiere  investigar complicaciones o riesgos de epidemias. Por otra parte los jueces  pueden requerir información a médicos tratantes o a instituciones de salud, lo  cual está en sus atribuciones para a investigación de delitos, agresiones o  crímenes.



  • ·               Por el bien de terceras personas que corren riego de daño provocado por un  enfermo



  • ·               Por incapacidad del paciente quien no puede comprender la información  médica ni cumplir con el tratamiento.